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Derecho al aguinaldo: STPSH recuerda a empleadores y trabajadores sus obligaciones y derechos

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Derecho al aguinaldo: STPSH recuerda a empleadores y trabajadores sus obligaciones y derechos

El aguinaldo es una prestación laboral fundamental en México, garantizada por la Ley Federal del Trabajo (LFT) en su artículo 87. Este beneficio, que debe pagarse en efectivo y no en especie, representa un mínimo de 15 días de salario y debe entregarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Así lo recordó el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Oscar Javier González Hernández, quien enfatizó que este derecho es irrenunciable y obligatorio para todos los empleadores.

¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

González Hernández explicó que todas las personas con una relación laboral subordinada tienen derecho a recibir el aguinaldo, independientemente de la modalidad de su contrato. Esto incluye:

  • Trabajadores de base y de confianza.
  • Empleados contratados por tiempo determinado, indeterminado o por temporada.
  • Comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y similares.

Para quienes no hayan cumplido un año de antigüedad en el empleo, el pago se realiza de manera proporcional al tiempo trabajado.

¿Cómo calcular el aguinaldo?

El cálculo del aguinaldo se basa en el salario diario más reciente del trabajador. Para determinarlo:

  1. Divide el salario mensual neto entre 30 días para obtener el salario diario.
  2. Multiplica el salario diario por 15 días (o más, si tu contrato así lo establece).

En caso de un aumento salarial, el cálculo se realiza con el último sueldo reportado. Por ejemplo, si un empleado pasó de ganar $5,000 a $10,000 mensuales, el aguinaldo se calculará con base en este último salario.

Maternidad, paternidad y aguinaldo

El funcionario aclaró que los días de licencia por maternidad o paternidad cuentan como tiempo trabajado para el cálculo del aguinaldo. Esto asegura que las madres y padres trabajadores reciban esta prestación de forma íntegra.

Orientación y asesoría laboral

Para resolver dudas o presentar quejas relacionadas con el pago del aguinaldo, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo en Mineral de la Reforma o al Centro de Conciliación Laboral en San Agustín Tlaxiaca. También están disponibles los teléfonos 771 688 56 20 y 771 688 60 19.

El secretario concluyó recordando que los empleadores deben cumplir con esta obligación de manera puntual, destacando que el aguinaldo es independiente de los 12 meses de salario que perciben los trabajadores a lo largo del año.

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