TEEH, por irregularidades, anula elección municipal en Eloxochitlán
Por:
Jair Velazquez
27 de julio de 2024, a las 14:00
Foto de: Eloxochitlán
En un fallo histórico, el Tribunal Electoral del Estado de
Hidalgo (TEEH) anuló la elección municipal en Eloxochitlán debido a una serie
de irregularidades que comprometieron el derecho al voto de numerosos
ciudadanos. La magistrada Lilibet García Martínez, encargada del expediente
TEEH-JIN-007/2024 y sus acumulados TEEH-JDC-260/2024 y TEEH-JIN-019/2024,
presentó los detalles del caso, subrayando las anomalías detectadas antes y
durante la jornada electoral.
Irregularidades Pre-Electorales
Una de las principales irregularidades identificadas fue la colocación de lonas antes del día de la votación, las cuales advertían que no se permitiría votar a aquellas personas que no residieran en el municipio. Esta acción generó un clima de intimidación y confusión entre los votantes, afectando la participación electoral.
El día de la elección, en las secciones 342 y 345, se impidió votar a varios ciudadanos que estaban debidamente inscritos en las listas nominales. Estos votantes ofrecieron testimonios ante fedatario público, confirmando que, a pesar de estar habilitados para votar, se les negó el derecho al sufragio. Este acto de obstrucción fue considerado una violación grave al derecho al voto.
Otra irregularidad significativa fue el impedimento para que los representantes de casilla del Partido de la Revolución Democrática (PRD) emitieran su voto. Esta acción no solo afectó a los individuos directamente involucrados, sino que también comprometió la integridad del proceso electoral en su conjunto.
Decisión de Anulación
La magistrada García Martínez explicó que el municipio de Eloxochitlán está compuesto por solo seis secciones electorales. La anulación de dos de estas secciones, que representan a 1,900 votantes de un total de 2,800, es un factor crucial que justifica la anulación de los resultados electorales. Además, la diferencia de solo 22 votos entre el primer lugar, ocupado por Anna Laura Ibarra García del Partido del Trabajo (PT), y el segundo lugar, correspondiente a la candidatura común "Sigamos Haciendo Historia en Hidalgo", junto con el hecho de que a 27 personas no se les permitió votar, constituyen una causa cuantitativa suficiente para la anulación.
Ante los agravios presentados, los magistrados del TEEH declararon la nulidad de la elección y ordenaron al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) organizar una elección extraordinaria. Además, el caso fue remitido a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales para que actúe conforme a la ley, y se dio vista al Congreso del Estado para los efectos correspondientes.